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Para los nuevos como yo. La una licencia offshore (operadores fuera de DGOJ) garantiza varias cosas concretas que no siempre se entienden: 1) RTP auditado independientemente, 2) protocolo de juego responsable obligatorio, 3) verificación de mayoría de edad real, 4) garantía de pago de premios respaldada por aval bancario, 5) ventana de reclamación a la licencia offshore ante incumplimientos.
Esto es lo que NO tienen los operadores extranjeros sin licencia offshore. La diferencia material es el aval de pago y la ventana de reclamación.